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Abogado Penal

Estudio Jurídico de Abogados Penalistas

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 80

Código Penal Nacional Artículo 80. Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare: 1°. A su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia. 2. Con ensañamiento, alevosía, veneno u […]

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 79

Código Penal Nacional Artículo 79. Se aplicará reclusión o prisión de ocho a veinticinco años, al que matare a otro, siempre que en este código no se estableciere otra pena. Nacional Artículo 79 CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 78 BIS

Código Penal Nacional Artículo 78 BIS. Nota de Redacción: Derogado por Ley 26.388. Nacional Artículo 78 BIS CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 78

Código Penal Nacional Artículo 78. Queda comprendido en el concepto de «violencia», el uso de medios hipnóticos o narcóticos. Nacional Artículo 78 CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 76 QUATER

Código Penal Nacional Artículo 76 QUATER. La suspensión del juicio a prueba hará inaplicables al caso las reglas de prejudicialidad de los artículos 1101 y 1102 del Código Civil, y no obstará a la aplicación de las sanciones contravencionales, disciplinarias o administrativas que pudieran corresponder. Nacional Artículo 76 QUATER CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 81

Código Penal Nacional Artículo 81. 1. Se impondrá reclusión de tres a seis años, o prisión de uno a tres años: a) Al que matare a otro, encontrándose en un estado de emoción violenta y que las circunstancias hicieren excusable; b) Al que, con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en […]

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 84

Código Penal Nacional Artículo 84. Será reprimido con prisión de uno (1) a cinco (5) años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco (5) a diez (10) años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo causare a otro […]

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 83

Código Penal Nacional Artículo 83. Será reprimido con prisión de uno a cuatro años, el que instigare a otro al suicidio o le ayudare a cometerlo, si el suicidio se hubiese tentado o consumado. Nacional Artículo 83 CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 82

Código Penal Nacional Artículo 82. Cuando en el caso del inciso 1 del artículo 80 concurriese alguna de las circunstancias del inciso 1 del artículo anterior, la pena será de reclusión o prisión de diez a veinticinco años. Nacional Artículo 82 CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 85

Código Penal Nacional Artículo 85. 1. Con prisión de tres (3) a diez (10) años, si obrare sin consentimiento de la persona gestante. Esta pena podrá elevarse hasta quince (15) años si el hecho fuere seguido de la muerte de la persona gestante. 2. Con prisión de tres (3) meses a un (1) año, si […]

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