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Abogado Penal

Estudio Jurídico de Abogados Penalistas

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 190

Código Penal Nacional Artículo 190. Será reprimido con prisión de dos a ocho años, el que a sabiendas ejecutare cualquier acto que ponga en peligro la seguridad de una nave, construcción flotante o aeronave. Si el hecho produjere naufragio, varamiento o desastre aéreo, la pena será de seis a quince años de reclusión o prisión. […]

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 189 TER

Código Penal Nacional Artículo 189 TER. NOTA DE REDACCION (DEROGADO POR LEY 25886) Nacional Artículo 189 TER CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 203

Código Penal Nacional Artículo 203. Cuando alguno de los hechos previstos en los artículos anteriores fuere cometido por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo, se impondrá multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a PESOS CIEN MIL ($ 100.000); si tuviere como resultado enfermedad […]

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 202

Código Penal Nacional Artículo 202. Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas. Nacional Artículo 202 CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 201

Código Penal Nacional Artículo 201. Las penas del artículo precedente se aplicarán al que vendiere, pusiere en venta, suministrare, distribuyere o almacenare con fines de comercialización aguas potables, sustancias alimenticias o medicinales o mercaderías peligrosas para la salud, disimulando su carácter nocivo. Nacional Artículo 201 CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 200

Código Penal Nacional Artículo 200. Será reprimido con reclusión o prisión de TRES (3) a DIEZ (10) años y multa de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), el que envenenare, adulterare o falsificare de un modo peligroso para la salud, aguas potables o sustancias alimenticias o medicinales destinadas al uso […]

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 199

Código Penal Nacional Artículo 199. Si los actos de violencia u hostilidad mencionados en el artículo anterior, fueren seguidos de la muerte de alguna persona que se encontrare en el buque o aeronave atacados, la pena será de diez a veinticinco años de reclusión o prisión. Nacional Artículo 199 CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 198

Código Penal Nacional Artículo 198. Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años: 1. El que practicare en el mar o en ríos navegables, algún acto de depredación o violencia contra un buque o contra personas o cosas que en él se encuentren, sin estar autorizado por alguna potencia beligerante o excediendo […]

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 197

Código Penal Nacional Artículo 197. Será reprimido con prisión de seis (6) meses a dos (2) años, el que interrumpiere o entorpeciere la comunicación telegráfica, telefónica o de otra naturaleza o resistiere violentamente el restablecimiento de la comunicación interrumpida. Nacional Artículo 197 CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 208

Código Penal Nacional Artículo 208. Será reprimido con prisión de quince días a un año: 1. El que, sin título ni autorización para el ejercicio de un arte de curar o excediendo los límites de su autorización, anunciare, prescribiere, administrare o aplicare habitualmente medicamentos, aguas, electricidad, hipnotismo o cualquier medio destinado al tratamiento de las […]

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