Código Procesal Penal Nacional Artículo 33. Conversión de la acción
Código Procesal Penal Nacional Artículo 33. Conversión de la acción A pedido de la víctima la acción penal pública podrá ser convertida en acción privada en los siguientes casos: a. Si se aplicara un criterio de oportunidad; b. Si el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL solicitara el sobreseimiento al momento de la conclusión de la investigación preparatoria; […]