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Código Procesal Penal Nacional Artículo 117. Plazos judiciales

Código Procesal Penal Nacional Artículo 117. Plazos judiciales

Código Procesal Penal Nacional Artículo 117. Plazos judiciales
En los casos en que la ley permita la fijación de un plazo judicial, el juez lo fijará conforme a la naturaleza del procedimiento y a la importancia de la actividad que se deba cumplir, teniendo en cuenta los derechos de las partes.

Nacional Artículo 117 CPP

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