Código Procesal Penal Nacional Artículo 27. Acción privada
Código Procesal Penal Nacional Artículo 27. Acción privada
La acción privada se ejerce por medio de querella, en la forma especial que establece este Código.
Nacional Artículo 27 CPP
Código Procesal Penal Nacional Artículo 27. Acción privada
La acción privada se ejerce por medio de querella, en la forma especial que establece este Código.
Nacional Artículo 27 CPP
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