Código Procesal Penal Nacional Artículo 356. Decisiones impugnables
Código Procesal Penal Nacional Artículo 356. Decisiones impugnables
Sólo podrán impugnarse el rechazo de la pretensión de constituirse en parte querellante, las decisiones sobre cuestiones de competencia, el sobreseimiento, la sentencia definitiva, las excepciones, la aplicación de medidas cautelares, la denegatoria de la aplicación de la suspensión del proceso a prueba, los procedimientos abreviados y las decisiones que se tomen durante la ejecución de la pena.
Nacional Artículo 356 CPP
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