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Código Procesal Penal Nacional Artículo 393. Determinación de honorarios

Código Procesal Penal Nacional Artículo 393. Determinación de honorarios

Código Procesal Penal Nacional Artículo 393. Determinación de honorarios
Para la determinación de los honorarios se tendrá en cuenta el valor o importancia del proceso, las cuestiones de derecho planteadas, la asistencia a audiencias y, en general, todos los trabajos efectuados a favor del cliente y el resultado obtenido, conforme lo dispongan las leyes específicas que regulen la materia.
Los honorarios de los demás intervinientes en el proceso se determinarán según las leyes respectivas.

Nacional Artículo 393 CPP

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