Tel: 15 5561-1555 / 4786-5564

Consultas OnLine las 24hs.

Codigo Penal Nacional

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 144 quater

Código Penal Nacional Artículo 144 quater. 1. Se impondrá prisión de tres a diez años al funcionario que omitiese evitar la comisión de alguno de los hechos del artículo anterior, cuando tuviese competencia para ello. 2. La pena será de uno a cinco años de prisión para el funcionario que en razón de sus funciones […]

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 149 bis

Código Penal Nacional Artículo 149 bis. Será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas. En este caso la pena será de uno a tres años de prisión si se emplearen armas o si las amenazas fueren anónimas. Será […]

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 144 ter

Código Penal Nacional Artículo 144 ter. 1. Será reprimido con reclusión o prisión de ocho a veinticinco años e inhabilitación absoluta y perpetua el funcionario público que impusiere a personas, legítima o ilegítimamente privadas de su libertad, cualquier clase de tortura. Es indiferente que la víctima se encuentre jurídicamente a cargo del funcionario, bastando que […]

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 144 bis

Código Penal Nacional Artículo 144 bis. Será reprimido con prisión o reclusión de uno a cinco años e inhabilitación especial por doble tiempo: 1. El funcionario público que, con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, privase a alguno de su libertad personal; 2. El funcionario que desempeñando un acto […]

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 144

Código Penal Nacional Artículo 144. Cuando en los casos del artículo anterior concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en los incisos 1, 2, 3 y 5 del artículo 142, el máximo de la pena privativa de la libertad se elevará a cinco años. Nacional Artículo 144 CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 149

Código Penal Nacional Artículo 149. Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que ocultare a las investigaciones de la justicia o de la policía, a un menor de quince años que se hubiere substraído a la potestad o guarda a que estaba legalmente sometido. La pena será de seis meses a […]

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 148

Código Penal Nacional Artículo 148. Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que indujere a un mayor de diez años y menor de quince, a fugar de casa de sus padres, guardadores o encargados de su persona. Nacional Artículo 148 CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 147

Código Penal Nacional Artículo 147. En la misma pena incurrirá el que, hallándose encargado de la persona de un menor de diez años, no lo presentara a los padres o guardadores que lo solicitaren o no diere razón satisfactoria de su desaparición. Nacional Artículo 147 CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 146

Código Penal Nacional Artículo 146. Será reprimido con prisión o reclusión de 5 a 15 años, el que sustrajere a un menor de 10 años del poder de sus padres, tutor o persona encargada de él, y el que lo retuviere u ocultare. Nacional Artículo 146 CP

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 145

Código Penal Nacional Artículo 145. Será reprimido con prisión de dos a seis años, el que condujere a una persona fuera de las fronteras de la República, con el propósito de someterla ilegalmente al poder de otro o de alistarla en un ejército extranjero. Nacional Artículo 145 CP

1214151617183839