Código Penal Nacional Artículo 171
Código Penal Nacional Artículo 171. Sufrirá prisión de dos a seis años, el que substrajere un cadáver para hacerse pagar su devolución.- Nacional Artículo 171 CP
Código Penal Nacional Artículo 171
Código Penal Nacional Artículo 171. Sufrirá prisión de dos a seis años, el que substrajere un cadáver para hacerse pagar su devolución.- Nacional Artículo 171 CP
Código Penal Nacional Artículo 175 bis
Código Penal Nacional Artículo 175 bis. El que, aprovechando la necesidad, la ligereza o la inexperiencia de una persona le hiciere dar o prometer, en cualquier forma, para sí o para otro, intereses u otras ventajas pecuniarias evidentemente desproporcionadas con su prestación, u otorgar recaudos o garantías de carácter extorsivo, será reprimido con prisión de […]
Código Penal Nacional Artículo 175
Código Penal Nacional Artículo 175. Será reprimido con multa de MIL PESOS a QUINCE MIL PESOS: 1. El que encontrare perdida una cosa que no le pertenezca o un tesoro y se apropiare la cosa o la parte del tesoro correspondiente al propietario del suelo, sin observar las prescripciones del Código Civil; 2. El que […]
Código Penal Nacional Artículo 176
Código Penal Nacional Artículo 176. Será reprimido, como quebrado fraudulento, con prisión de dos a seis años e inhabilitación especial de tres a diez años, el comerciante declarado en quiebra que, en fraude de sus acreedores, hubiere incurrido en algunos de los hechos siguientes: 1. Simular o suponer deudas, enajenaciones, gastos o pérdidas; 2. No […]
Código Penal Nacional Artículo 178
Código Penal Nacional Artículo 178. Cuando se tratare de la quiebra de una sociedad comercial o de una persona jurídica que ejerza el comercio, o se hubiere abierto el procedimiento de liquidación sin quiebra de un banco u otra entidad financiera, todo director, síndico, administrador, miembro de la comisión fiscalizadora o gerente de la sociedad […]
Código Penal Nacional Artículo 177
Código Penal Nacional Artículo 177. Será reprimido, como quebrado culpable, con prisión de un mes a un año e inhabilitación especial de dos a cinco años, el comerciante que hubiere causado su propia quiebra y perjudicado a sus acreedores, por sus gastos excesivos con relación al capital y al número de personas de su familia, […]
Código Penal Nacional Artículo 180
Código Penal Nacional Artículo 180. Será reprimido con prisión de un mes a un año, el acreedor que consintiere en un concordato, convenio o transacción judicial, en virtud de una connivencia con el deudor o con un tercero, por la cual hubiere estipulado ventajas especiales para el caso de aceptación del concordato, convenio o transacción. […]
Código Penal Nacional Artículo 179
Código Penal Nacional Artículo 179. Será reprimido con prisión de uno a cuatro años, el deudor no comerciante concursado civilmente que, para defraudar a sus acreedores, hubiere cometido o cometiere alguno de los actos mencionados en el artículo 176. Será reprimido con prisión de seis meses a tres años, el que durante el curso de […]
Código Penal Nacional Artículo 182
Código Penal Nacional Artículo 182. Será reprimido con prisión de quince días a un año: 1. El que ilícitamente y con el propósito de causar perjuicio a otro sacare aguas de represas, estanques u otros depósitos, ríos, arroyos, fuentes, canales o acueductos o las sacare en mayor cantidad que aquella a que tenga derecho; 2. […]
Código Penal Nacional Artículo 181
Código Penal Nacional Artículo 181. Será reprimido con prisión de seis meses a tres años: 1. El que por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandetinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo […]