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Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 125

Código Penal Nacional Artículo 125. El que promoviere o facilitare la corrupción de menores de dieciocho años, aunque mediare el consentimiento de la víctima será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años. La pena será de seis a quince años de reclusión o prisión cuando la víctima fuera menor de trece años. […]