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Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 159

Código Penal Nacional Artículo 159. Será reprimido con multa de DOS MIL QUINIENTOS PESOS a TREINTA MIL PESOS, el que, por maquinaciones fraudulentas, sospechas malévolas o cualquier medio de propaganda desleal, tratare de desviar, en su provecho, la clientela de un establecimiento comercial o industrial. Nacional Artículo 159 CP