Código Penal Nacional Artículo 161
Código Penal Nacional Artículo 161. Sufrirá prisión de uno a seis meses, el que impidiere o estorbare la libre circulación de un libro o periódico. Nacional Artículo 161 CP
Código Penal Nacional Artículo 161
Código Penal Nacional Artículo 161. Sufrirá prisión de uno a seis meses, el que impidiere o estorbare la libre circulación de un libro o periódico. Nacional Artículo 161 CP