Código Penal Nacional Artículo 163
Código Penal Nacional Artículo 163. Se aplicará prisión de uno a seis años en los casos siguientes: 1- Cuando el hurto fuere de productos separados del suelo o de máquinas, instrumentos de trabajo o de productos agroquímicos, fertilizantes u otros insumos similares, dejados en el campo, o de alambres u otros elementos de los cercos. […]