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Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 180

Código Penal Nacional Artículo 180. Será reprimido con prisión de un mes a un año, el acreedor que consintiere en un concordato, convenio o transacción judicial, en virtud de una connivencia con el deudor o con un tercero, por la cual hubiere estipulado ventajas especiales para el caso de aceptación del concordato, convenio o transacción. […]