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Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 193

Código Penal Nacional Artículo 193. Será reprimido con prisión de un mes a un año, si el hecho no importare un delito más severamente penado, el que arrojare cuerpos contundentes o proyectiles contra un tren o tranvía en marcha. Nacional Artículo 193 CP