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Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 201 bis

Código Penal Nacional Artículo 201 bis. Si como consecuencia del envenenamiento, adulteración o falsificación de aguas potables o sustancias alimenticias o medicinales, resultare la muerte de alguna persona, la pena será de DIEZ (10) a VEINTICINCO (25) años de reclusión o prisión; si resultaren lesiones gravísimas, la pena será de TRES (3) a QUINCE (15) […]