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Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 214

Código Penal Nacional Artículo 214. Será reprimido con reclusión o prisión de diez a veinticinco años o reclusión o prisión perpetua y en uno u otro caso, inhabilitación absoluta perpetua, siempre que el hecho no se halle comprendido en otra disposición de este código, todo argentino o toda persona que deba obediencia a la Nación […]