Código Penal Nacional Artículo 246
Código Penal Nacional Artículo 246. Será reprimido con prisión de un mes a un año e inhabilitación especial por doble tiempo: 1. El que asumiere o ejerciere funciones públicas, sin título o nombramiento expedido por autoridad competente; 2. El que después de haber cesado por ministerio de la ley en el desempeño de un cargo […]