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Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 290

Código Penal Nacional Artículo 290. Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que hiciere desaparecer de cualquiera de los sellos, timbres, marcas o contraseñas, a que se refieren los artículos anteriores, el signo que indique haber ya servido o sido inutilizado para el objeto de su expedición.- El que a sabiendas […]