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Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 76 QUATER

Código Penal Nacional Artículo 76 QUATER. La suspensión del juicio a prueba hará inaplicables al caso las reglas de prejudicialidad de los artículos 1101 y 1102 del Código Civil, y no obstará a la aplicación de las sanciones contravencionales, disciplinarias o administrativas que pudieran corresponder. Nacional Artículo 76 QUATER CP