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Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 80

Código Penal Nacional Artículo 80. Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare: 1°. A su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia. 2. Con ensañamiento, alevosía, veneno u […]