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Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 84

Código Penal Nacional Artículo 84. Será reprimido con prisión de uno (1) a cinco (5) años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco (5) a diez (10) años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo causare a otro […]