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Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 88

Código Penal Nacional Artículo 88. Será reprimida con prisión de tres (3) meses a un (1) año, la persona gestante que, luego de la semana catorce (14) de gestación y siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86, causare su propio aborto o consintiera que otro se lo causare. Podrá eximirse la […]