Código Penal Nacional Artículo 9
Código Penal Nacional Artículo 9. La pena de prisión, perpetua o temporal, se cumplirá con trabajo obligatorio, en establecimientos distintos de los destinados a los recluidos. Nacional Artículo 9 CP
Codigo Penal Nacional enero 4, 2023
Código Penal Nacional Artículo 9
Código Penal Nacional Artículo 9. La pena de prisión, perpetua o temporal, se cumplirá con trabajo obligatorio, en establecimientos distintos de los destinados a los recluidos. Nacional Artículo 9 CP