Código Penal Nacional Artículo 97
Código Penal Nacional Artículo 97. Los que se batieren en duelo, con intervención de dos o más padrinos, mayores de edad, que elijan las armas y arreglen las demás condiciones del desafío, serán reprimidos: 1. Con prisión de uno a seis meses, al que no infiriere lesión a su adversario o sólo le causare una […]