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Codigo Procesal Penal enero 4, 2023

Código Procesal Penal Nacional Artículo 152. Apertura y examen

Código Procesal Penal Nacional Artículo 152. Apertura y examen Secuestro. Recibida la correspondencia o efectos interceptados, el representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL procederá a su apertura. Examinará los objetos y leerá el contenido de la correspondencia. El representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL en audiencia unilateral explicará los fundamentos por los cuales solicita mantener el secuestro […]