Código Procesal Penal Nacional Artículo 201. Acuerdo de colaboración celebrado con el fiscal
Código Procesal Penal Nacional Artículo 201. Acuerdo de colaboración celebrado con el fiscal Al celebrarse el acuerdo entre el representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL y el imputado, este será presentado para su homologación ante el juez, conforme lo establecido en el artículo siguiente. Nacional Artículo 201 CPP