Código Procesal Penal Nacional Artículo 216. Aprehensión sin orden judicial
Código Procesal Penal Nacional Artículo 216. Aprehensión sin orden judicial No podrá aprehenderse a ninguna persona sin orden judicial, salvo en los siguientes casos: a. Si hubiera sido sorprendida en flagrante delito; b. Si se hubiese fugado de algún establecimiento penal o de cualquier otro lugar de detención. En caso de flagrancia, cualquier persona podrá […]