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Codigo Procesal Penal enero 4, 2023

Código Procesal Penal Nacional Artículo 242. Audiencia

Código Procesal Penal Nacional Artículo 242. Audiencia Recibido el planteo del querellante por el rechazo de su intervención, el juez convocará a las partes a una audiencia dentro del plazo de CINCO (5) días y decidirá de inmediato. Si admite la constitución del querellante, le ordenará al representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL la intervención correspondiente. […]