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Codigo Procesal Penal enero 4, 2023

Código Procesal Penal Nacional Artículo 299. Peritos

Código Procesal Penal Nacional Artículo 299. Peritos Los peritos presentarán sus conclusiones oralmente. Para ello, podrán consultar sus informes escritos y valerse de todos los elementos auxiliares útiles para explicar las operaciones periciales realizadas. Nacional Artículo 299 CPP