Código Procesal Penal Nacional Artículo 30. Disponibilidad de la acción
Código Procesal Penal Nacional Artículo 30. Disponibilidad de la acción El representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL puede disponer de la acción penal pública en los siguientes casos: a. Criterios de oportunidad; b. Conversión de la acción; c. Conciliación; d. Suspensión del proceso a prueba. No puede prescindir ni total ni parcialmente del ejercicio de la […]