Código Procesal Penal Nacional Artículo 324. Audiencia
Código Procesal Penal Nacional Artículo 324. Audiencia Las partes explicarán al juez el alcance del acuerdo y los elementos probatorios reunidos o acordados que demuestren las circunstancias del hecho imputado. El juez podrá interrogar a las partes sobre los extremos del acuerdo y la información colectada o acordada. El querellante sólo podrá oponerse si sostuviera […]