Código Procesal Penal Nacional Artículo 342. Rebeldía
Código Procesal Penal Nacional Artículo 342. Rebeldía En caso de incomparecencia injustificada a la citación o de omitir designar representante habiendo sido intimada a hacerlo, la persona jurídica será declarada rebelde por el juez, a requerimiento del fiscal, en la forma y con los alcances establecidos en el artículo 69 de este Código. El juez […]