Código Procesal Penal Nacional Artículo 350. Competencia
Código Procesal Penal Nacional Artículo 350. Competencia Los jueces con funciones de revisión a quienes corresponda el control de una decisión judicial serán competentes con relación a los puntos que motivan los agravios y al control de constitucionalidad. Las impugnaciones interpuestas por los acusadores permitirán modificar o revocar la resolución aun a favor del imputado. […]