Código Procesal Penal Nacional Artículo 361. Queja por impugnación denegada
Código Procesal Penal Nacional Artículo 361. Queja por impugnación denegada Si el impugnante considerase que su impugnación ha sido incorrectamente denegada, podrá plantear queja ante la instancia de revisión. La queja se interpondrá por escrito dentro de los CINCO (5) días de comunicada la denegatoria, acompañando el soporte audiovisual de la audiencia respectiva e indicando […]