Código Procesal Penal Nacional Artículo 362. Audiencia y prueba
Código Procesal Penal Nacional Artículo 362. Audiencia y prueba La audiencia se celebrará con todas las partes, quienes deberán presentar oralmente los fundamentos de su impugnación. Los jueces promoverán la contradicción entre ellas a los efectos de escuchar las distintas opiniones objeto de impugnación. Las partes podrán ampliar la fundamentación o desistir de alguna de […]