Código Procesal Penal Nacional Artículo 68. Padecimiento mental sobreviniente
Código Procesal Penal Nacional Artículo 68. Padecimiento mental sobreviniente Si durante el proceso sobreviniere un padecimiento mental que restringiere la capacidad del imputado, el juez establecerá los apoyos y los ajustes razonables que sean necesarios, incluyendo el establecimiento de plazos especiales para el desarrollo del proceso, según el momento en que se produzca, sin perjuicio […]