Código Procesal Penal Nacional Artículo 85. Oportunidad y unidad de representación
Código Procesal Penal Nacional Artículo 85. Oportunidad y unidad de representación La querella se deberá formular ante el representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL en la investigación preparatoria. Si el representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL considerase que el interesado carece de legitimación para constituirse en querellante, deberá solicitar al juez que decida al respecto. Si los […]