Código Penal Nacional Artículo 121
Código Penal Nacional Artículo 121. Nota de Redacción: Derogado por ley 25.087. Nacional Artículo 121 CP
Código Penal Nacional Artículo 121
Código Penal Nacional Artículo 121. Nota de Redacción: Derogado por ley 25.087. Nacional Artículo 121 CP
Código Penal Nacional Artículo 120
Código Penal Nacional Artículo 120. Será reprimido con prisión o reclusión de tres a seis años el que realizare algunas de las acciones previstas en el segundo o en el tercer párrafo del artículo 119 con una persona menor de dieciséis años, aprovechándose de su inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad del […]
Código Penal Nacional Artículo 135
Código Penal Nacional Artículo 135. Serán reprimidos con prisión de dos a seis años: 1. El que contrajere matrimonio cuando, sabiendo que existe impedimento que cause su nulidad absoluta, ocultare esta circunstancia al otro contrayente; 2. El que engañando a una persona, simulare matrimonio con ella. Nacional Artículo 135 CP
Código Penal Nacional Artículo 134
Código Penal Nacional Artículo 134. Serán reprimidos con prisión de uno a cuatro años, los que contrajeren matrimonio sabiendo ambos que existe impedimento que cause su nulidad absoluta. Nacional Artículo 134 CP
Código Penal Nacional Artículo 133
Código Penal Nacional Artículo 133. Los ascendientes, descendientes, cónyuges, convivientes, afines en línea recta, hermanos, tutores, curadores y cualesquiera persona que, con abuso de una relación de dependencia, de autoridad, de poder, de confianza o encargo, cooperaren a la perpetración de los delitos comprendidos en este título serán reprimidos con la pena de los autores. […]
Código Penal Nacional Artículo 131
Código Penal Nacional Artículo 131. Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma. Nacional […]
Código Penal Nacional Artículo 130
Código Penal Nacional Artículo 130. Será reprimido con prisión de uno a cuatro años, el que sustrajere o retuviere a una persona por medio de la fuerza, intimidación o fraude, con la intención de menoscabar su integridad sexual. La pena será de seis meses a dos años, si se tratare de una persona menor de […]
Código Penal Nacional Artículo 129
Código Penal Nacional Artículo 129. Será reprimido con multa de mil a quince mil pesos el que ejecutare o hiciese ejecutar por otros actos de exhibiciones obscenas expuestas a ser vistas involuntariamente por terceros. Si los afectados fueren menores de dieciocho años la pena será de prisión de seis meses a cuatro años. Lo mismo […]
Código Penal Nacional Artículo 127 ter
Código Penal Nacional Artículo 127 ter. (Nota de Redacción) Derogado por Art. 17 de la Ley 26.364. Nacional Artículo 127 ter CP
Código Penal Nacional Artículo 127 bis
Código Penal Nacional Artículo 127 bis. (Nota de Redacción) Derogado por Art. 17 de la Ley 26.364. Nacional Artículo 127 bis CP