Código Penal Nacional Artículo 38
Código Penal Nacional Artículo 38. Derogado. Nacional Artículo 38 CP
Código Penal Nacional Artículo 38
Código Penal Nacional Artículo 38. Derogado. Nacional Artículo 38 CP
Código Penal Nacional Artículo 37
Código Penal Nacional Artículo 37. Derogado. Nacional Artículo 37 CP
Código Penal Nacional Artículo 36
Código Penal Nacional Artículo 36. Derogado. Nacional Artículo 36 CP
Código Penal Nacional Artículo 35
Código Penal Nacional Artículo 35. El que hubiere excedido los límites impuestos por la ley, por la autoridad o por la necesidad, será castigado con la pena fijada para el delito por culpa o imprudencia. Nacional Artículo 35 CP
Código Penal Nacional Artículo 41
Código Penal Nacional Artículo 41. A los efectos del artículo anterior, se tendrá en cuenta: 1. La naturaleza de la acción y de los medios empleados para ejecutarla y la extensión del daño y del peligro causados; 2. La edad, la educación, las costumbres y la conducta precedente del sujeto, la calidad de los motivos […]
Código Penal Nacional Artículo 49
Código Penal Nacional Artículo 49. No se considerarán partícipes de los delitos cometidos por la prensa a las personas que solamente prestaren al autor del escrito o grabado la cooperación material necesaria para su publicación, difusión o venta. Nacional Artículo 49 CP
Código Penal Nacional Artículo 48
Código Penal Nacional Artículo 48. Las relaciones, circunstancias y calidades personales, cuyo efecto sea disminuir o excluir la penalidad, no tendrán influencia sino respecto al autor o cómplice a quienes correspondan. Tampoco tendrán influencia aquellas cuyo efecto sea agravar la penalidad, salvo el caso en que fueren conocidas por el partícipe. Nacional Artículo 48 CP
Código Penal Nacional Artículo 47
Código Penal Nacional Artículo 47. Si de las circunstancias particulares de la causa resultare que el acusado de complicidad no quiso cooperar sino en un hecho menos grave que el cometido por el autor, la pena será aplicada al cómplice solamente en razón del hecho que prometió ejecutar. Si el hecho no se consumase, la […]
Código Penal Nacional Artículo 50
Código Penal Nacional Artículo 50. Habrá reincidencia siempre que quien hubiera cumplido, total o parcialmente, pena privativa de libertad impuesta por un tribunal del país cometiere un nuevo delito punible también con esa clase de pena. La condena sufrida en el extranjero se tendrá en cuenta para la reincidencia si ha sido pronunciada por razón […]
Código Penal Nacional Artículo 46
Código Penal Nacional Artículo 46. Los que cooperen de cualquier otro modo a la ejecución del hecho y los que presten una ayuda posterior cumpliendo promesas anteriores al mismo, serán reprimidos con la pena correspondiente al delito, disminuida de un tercio a la mitad. Si la pena fuere de reclusión perpetua, se aplicará reclusión de […]