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Código Procesal Penal Nacional Artículo 305. Requisitos de la sentencia

Código Procesal Penal Nacional Artículo 305. Requisitos de la sentencia

Código Procesal Penal Nacional Artículo 305. Requisitos de la sentencia
La sentencia contendrá:
a. El lugar y la fecha en que se ha dictado, la composición del órgano judicial, el nombre del o los jueces y las partes, los datos personales del imputado y la enunciación del hecho que ha sido objeto de acusación y, en su caso, de la acción civil;
b. El voto de los jueces sobre cada una de las cuestiones planteadas, con exposición de los motivos en que los fundan;
c. La determinación precisa y circunstanciada del hecho que se estima acreditado;
d. La parte dispositiva con mención de las normas aplicables;
e. La firma de los jueces.

Nacional Artículo 305 CPP

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