Código Procesal Penal Nacional Artículo 305. Requisitos de la sentencia
Código Procesal Penal Nacional Artículo 305. Requisitos de la sentencia
La sentencia contendrá:
a. El lugar y la fecha en que se ha dictado, la composición del órgano judicial, el nombre del o los jueces y las partes, los datos personales del imputado y la enunciación del hecho que ha sido objeto de acusación y, en su caso, de la acción civil;
b. El voto de los jueces sobre cada una de las cuestiones planteadas, con exposición de los motivos en que los fundan;
c. La determinación precisa y circunstanciada del hecho que se estima acreditado;
d. La parte dispositiva con mención de las normas aplicables;
e. La firma de los jueces.
Nacional Artículo 305 CPP
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